domingo, 10 de octubre de 2010

MÁS "CLARO"...ECHALE AGUA

Si bien ya habíamos publicado el siguiente comentario, lo levantamos porque había sido "hakeado" y ahora lo repetimos:

SE PRIVILEGIARON RAZONES ECONÓMICAS
El encabezamiento de la Ordenanza 100/05 HCDSB Exte. N° 247/05 seguramente es otro de los mamarrachos a que nos tiene acostumbrados el jurisconsulto municipal Gil Del Vecchio, quién habitualmente suele ser el redactor de las ordenanzas municipales que se hacen a gusto y paladar de lo que se le ocurre al intendente Ángel Vásquez.
El abogado Del Vecchio siempre sorprende a los concejales que son totalmente legos en la materia de jurisprudencia con una terminología rebuscada, por ejemplo: “Según lo disponga el Superior”???, “Ut supra”, “sine qua non conditio”, “ad calendas graecas”…”cave canem” (cuidado con el perro), y otras que no recuerdo.
Seguramente fue un “Cálamo currente” (Al correr de la pluma, sin reflexión previa) lo que redactó en la ordenanza en cuestión cuando la encabezó:
“VISTO: La necesidad de generar ingresos a las arcas municipales, de acuerdo al Artículo N° 25, de la Ley N° 3001 y…”
Es increíble que al legislar sobre un tema tan candente, tan preocupante, tan conflictivo como lo es la instalación de antenas de telefonía móvil, se priorice en su párrafo fundamental la necesidad de generar recursos.
Es un verdadero disparate argumentar razones económicas, sin analizar el fondo de la cuestión, cual es la contaminación ambiental que provocan las antenas de telefonía. Es decir, que no se tuvo en cuenta el estilo de vida, la salud de nuestra población, como tampoco se valoró para nada, ni se hizo mención alguna a los problemas que pudieran ocasionar, cuando hoy en el mundo hay sobrados antecedentes sobre el particular.
Son también curiosos los considerandos donde tampoco hay una sola mención, pero lo más grave es que se privilegió a un particular modificando una ordenanza de fondo, algo que está reñido con la ley vigente.
Posiblemente los concejales sean ajenos a esto, pero el abogado bien sabe que no se puede legislar a favor de particulares modificando leyes previas, ni tampoco una ordenanza debe estar dirigida a un caso particular. Las Ordenanzas son leyes de fondo para todos.

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