¡AGUANTE EL PILAR DE LA LUZ DEL VECINO!!!
TODO SEA POR EL ALIMENTO PARA LOS POBRES!!!
La Justicia se tomó su tiempo: una década después, finalizó la causa sobre el robo de mercadería del programa asistencial Promin, sin responsables. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJ) desestimó un recurso presentado por la Fiscalía entrerriana tras la absolución a los cinco policías que antes habían sido condenados por la sustracción de la mercadería del galpón ubicado en Bajada Grande, que había sido incendiado días antes de las elecciones de 2003. De esta manera se confirma la inocencia por el beneficio de la duda de quienes estuvieron durante 10 años imputados. El robo de alimentos a los sectores más necesitados de la sociedad, en plena crisis, quedó impune, y nunca se investigó a los responsables del incendio del galpón.
Al principio eran siete los policías sospechados: el comisario Reinaldo Levrand, Esteban Acevedo, Adelfi Franchessi, el cabo Francisco Chincuini, el subcomisario Alfredo Zapata y los agentes Ariel Achor y Danilo Salzman, procesados por el delito de Hurto calamitoso. El último no fue acusado por la Fiscalía por falta de pruebas en el primer juicio, por lo que en 2010 ya quedó desvinculado de la causa. En el segundo juicio, Acevedo fue absuelto por el mismo motivo.
La causa tuvo una instrucción de seis años, y se elevó a juicio con serias deficiencias probatorias. Luego hubo dos juicios y dos casaciones. En el primer juicio, el juez Correccional Nº 2 Daniel Malatesta absolvió a los seis policías imputados, pero luego ante un recurso de la Fiscalía el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) ordenó realizar un nuevo juicio por la falta de un análisis pormenorizado de los elementos.
En el segundo juicio, el juez Correcional Nº 1, Pablo Vírgala, condenó a cinco imputados a dos años de prisión condicional. Después el STJ, tras la queja de los defensores, absolvió a todos condenados. La Procuración General de la Provincia recurrió a la Corte para que revise y revoque este fallo, pero el máximo tribunal del país declaró inadmisible el recurso y de esta manera confirmó la sentencia absolutoria.
Los hechos imputados fueron el hurto de la mercadería del Programa Materno Infantil del galpón que se incendió el 20 de noviembre de 2003, que los uniformados debían custodiar. Si bien algunos de los policías reconocieron haber tenido elementos del Promin en sus casas, argumentaron que fue porque les dieron permiso para ello.
Los defensores en toda la causa fueron Hugo Gemelli, Matías Argüello de la Vega, Lucrecia Sabella, Marcos Rodríguez Allende, Walter Rolantelli, Arturo Reca Méndez, Guillermo Vartorelli y Rubén Pagliotto, quienes expresaron su conformidad con el resultado de una causa que les demandó mucho trabajo.
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Sin justicia
Desde unos meses antes del incendio en el galpón del Promin, acontecido a tres días de las elecciones a gobernador de 2003, ya se hablaba del uso de la mercadería por parte del radicalismo con fines electorales: el cambio de bonos por votos. Las pericias establecieron que el foco ígneo se originó de forma intencional, por lo que se sospechó que fue provocado para ocultar la sustracción de los alimentos durante la campaña. Sin embargo, el Poder Judicial nunca reunió elementos para encontrar a los autores materiales e ideológicos del incendio, y todo político vinculado al hecho quedará impune.
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