AYER
EL PULPO… HOY OTRO MÁS LIGERO: ¡LUTI ALVAREZ!
CAPÍTULO
II

En
realidad las palabras han sido muy abundantes, planos y proyectos también sobraron
para otros tantos emprendimientos pero, a la hora de la verdad, es poco y nada
lo visto hasta el momento, producto de la publicitada invasión de capitales
cordobeses y hasta franceses.
En
ese contexto sobresale como cabeza visible Emilio Francisco Luti Álvarez, cuyo
periplo por Entre Ríos nace hacia fines de la década de los noventa con
la compra y venta de cereales entre otras actividades, con secuelas
que persisten a la fecha y que describiremos aparte.
Ya
pusimos de relieve alguno de sus tropiezos comerciales, cuando allá por abril
de 2005 le remataron una propiedad por más de doscientos mil pesos.
Pero
el calvario económico financiero no comenzó en esa oportunidad con este digno representante
de Unquillo, que hoy puede hacerle sombra al propio tenista David Nalbandian, oriundo
de la misma localidad cordobesa.
En
1999 ya había tenido una recaída temporal, cuyo tratamiento duró algo más de diez
años gracias al cuidado intensivo que le brindaron sus patrocinadores. En ese
año un grupo de personas lo demandó por cobro de pesos en un juicio ordinario
que se inició con el Expediente 650301/36 ante el Sr. Juez de Primera Instancia
y Trigésimo Quinta Nominación Civil y Comercial con fecha 15 de octubre de 1999,
el cual en primera instancia falló a favor de los demandantes disponiendo el
pago en el plazo de diez días la suma de 6.000 pesos (unos 40.000 a valores de
hoy) para cada uno, siendo catorce en total. Siempre a valores de hoy
estaríamos hablando de una suma de 560.000 pesos.
Se
trataba de los siguientes, al parecer, socios de Emilio Francisco Luti Álvarez:
Nélida del Carmen Martínez, Dardo Raúl Argañaraz, Ana del Valle Funes, Aníbal
Jaime Leiva, Beatriz Susana Baigorria, Luis Eduardo Coronel, Silvia Marinela
Batovski, José Alemón Jacobo, Rubén Emilio Salvo, María Aída Divotti, Luis
Roberto Guzmán, Jorge Alejandro Olmedo, Marta Ascensión Tavip y maría Alba
Tavip.
Estos
últimos demandaron el pago de una suma de dinero porque entendían que su socio
y director de la empresa Cabildo Argentino S.A. los había perjudicado económicamente
en la ejecución de viviendas para el Centro
Mutual de Jubilados y Pensionados de las Municipalidades de la provincia de
Córdoba al incumplir con la ejecución del contrato entre ambos.
www.gatica-chasseing.com/Doc/FalloSocietario.doc
Es
preciso destacar que al final de este pleito el Superior Tribunal de Justicia
de Córdoba falló en favor de Luti Álvarez por entender que las decisiones en la
celebración del negocio jurídico que adoptaba eran de común acuerdo con los
integrantes de la sociedad, por lo que no tenía una responsabilidad particular
en ese caso, sino que la responsabilidad era solidaria por parte de los socios
de Cabildo Argentino SA.
Esta
empresa comenzó con sus actividades a partir de la firma del Contrato Social e 14 de marzo
de 1986, con una duración de 27 años, con registro de CUIT 30-61582891-9, para
ocuparse en la construcción de obras de ingeniería civil, registrando en la AFIP como actividad principal
el rubro 500011: Construcción Reforma o Reparación de Calles, Carreteras,
Puentes, Viaductos, Vías Férreas, Puertos, Aeropuertos, Centrales
Hidroeléctricas y otras Gasoductos Trabajos Marítimos y demás Construcción, y
también en construcción de carreteras y calles, con perfil de fabricante y
proveedora de servicios, fijando domicilio en la ciudad de Córdoba.
“Un
resbalón no es caída” ya lo afirmamos, pero el antecedente no deja de ser – al menos
– sugestivo a la hora de abrirle las puertas para que el sueño entrerriano se
haga una realidad, de no mediar una relación extra protocolar con las
autoridades de turno.
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