martes, 8 de abril de 2014

MÚLTIPLES INCONVENIENTES GENERADOS POR LAS LLUVIAS

NUESTRAS AUTORIDADES QUEDARON AL DESNUDO.
LA IMPREVISIÓN Y LA CHARLATANERÍA NO ALCANZAN ANTE LOS FENÓMENOS NATURALES
En primer lugar, ya salieron a defenderse nuevamente desde nuestro municipio respecto a la autorización y certificado de factibilidad entregado oportunamente al IAPV para la construcción de las 22 viviendas en parte del predio que - oportunamente - fue comprado y destinado a la Fábrica Municipal de Ladrillos, ubicada en San Martín y Crespo de nuestra ciudad.
Dicho terreno nunca fue apto para la construcción de casas, excepto la franja ubicada sobre el Norte de Boulevard Crespo; dicha franja - de no más de 20 metros de largo - tenían una diferencia de nivel inferior con el resto del terreno de más de 1,50 metros. Pese a este problema que estaba a la vista, las autoridades del municipio, encabezadas por su titular Ángel Vásquez Pá, hicieron la "vista gorda" y - sin desafectar el propósito original de compra de ese terreno - decidieron donárselo al IAPV para que se construyan las 22 casas que hoy sufren el problema de las inundaciones.
La excusa de que la factibilidad fue firmada por una contadora (Contadora Mirta Lagos que por entonces era la "Jefa del Departamento de Obras Públicas") que firmó por orden del intendente Vásquez; pero fueron también cómplices de esta operación la totalidad de los Concejales de entonces porque a la vista estaba que se donaba un terreno inundable para hacer viviendas.
Cuando se produjo la construcción y posterior  adjudicación de esas viviendas resultó beneficiado un alto porcentaje de vecinos de San Benito, conocedores del lugar, incluso había empleados del municipio, que "no dijeron absolutamente nada acerca de lo que estaba a la vista ocurriría cuando lloviera mucho".

Lo otro es la historia que conocemos.
Ya van cuatro graves inundaciones ocurridas en ese lugar. 
Y - como lo afirmó el propio Director de Hidráulica de Entre Ríos - el problema será "de por vida" para ese barrio.
La improvisación y la irresponsabilidad de todos los funcionarios municipales, tanto del Departamento Ejecutivo como del H. Concejo Deliberante, hacen que hoy se sufra en dicho barrio las consecuencias de las lluvias con  mucha intensidad.

¿Sabe Usted quien está percibiendo el dinero que le cobran a los adjudicatarios de cada uno de los veintidós lotes en cuestión?

TEXTO DE LA ORDENANZA DEL 17 DE MARZO DE 2005:                                      
                                                                      Ordenanza N° 70/5  HCDSB.-
                                                                       Expediente N° 130/5                        

     VISTO: 
     La necesidad de radicar nuevos programas de viviendas tanto Nacionales o Provinciales; y
     CONSIDERANDO:
     Que a tales efectos se debe contar con tierras aptas para tal fin
     Que la Municipalidad dispone de ellas y posee la titularidad de dicho predio
     Que el Instituto Autárquico de Planeamiento y Viviendas dispone de programas para la construcción de nuevas viviendas;   
     Que se realizó el proyecto de loteo para  construir veinticuatro viviendas, el cual se adjunta a la presente, pero solo veintidós lotes se destinaran para la construcción de viviendas a través del I.A.P.V. pues dos lotes se encuentran ocupados;    
     Que además el Instituto requiere la donación a su organismo de esas tierras;  
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN BENITO
SANCIONA CON FUERZA DE: 
ORDENANZA
ARTICULO 1°: - Apruébese el proyecto de loteo adjunto a la presente con destino a la construcción de veintidós (22) viviendas a través de programas que lleva adelante el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda.-

 ARTICULO 2°: - Dispóngase la donación al Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda del Loteo ubicado en Concesión 1, Manzana 19, Plano de mensura Antecedentes N° 115248, Registro Municipal N° 01617, Matrícula N° 151774, Lotes N° 2 y N° 1 de una superficie aproximada de un mil cuatrocientos treinta y seis con 35/100 (1.436,35) y tres mil ochocientos cincuenta y ocho con 76/100 (3.858,76) metros cuadrados respectivamente.-
ARTICULO 3°:- La aprobación de los Artículos 1° y 2° queda supeditado al informe de factibilidad técnico del I.A.P.V...-   
ARTICULO 4°:- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

San Benito, Sala de Sesiones H. C. Deliberante, 17 de marzo de 2005.-

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